El contrato para la formación tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores, encontrándose en la alternancia de actividad laboral y formativa definida por el sistema de formación profesional para empleo y educación.
Sus principales objetivos son:

  1. Inserción laboral de los jóvenes.
  2. Formar y cualificar a los trabajadores.

¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir un trabajador para optar a este tipo de contrato?

Al igual que todos los contratos, estos están sujetos a ciertos requisitos que se deben cumplir para que el contrato sea válido. A continuación, veremos algunos de los principales requisitos para los contratos en formación: Principales requisitos del trabajador:

  1. Edad comprendida entre 16 y 30 años (sin límite de edad para personas con discapacidad reconocida y otros colectivos en riesgo de exclusión social)
  2. Estar inscrito en el SEPE como demandante de empleo
  3. No tener titulación relacionada con el puesto a desempeñar
  4. No tener alta cualificación para contrato en prácticas

Requisitos de la empresa:

  1. No tener deuda con Hacienda o la seguridad Social
  2. No haber sido sancionada
  3. No celebrar un contrato con un trabajador que haya estado contratado de forma indefinida en la misma empresa en los 24 meses previos, o temporal en los 6 meses anteriores.
  4. No haber despedido de forma improcedente, reconocida judicialmente, o colectiva a un trabajador con contrato bonificado.

Duración del contrato:

  1. Mínimo de 1 y máximo 3 años.
  2. Algunos casos, debido al convenio colectivo puede ser desde 6 meses.
  3. Podrán existir 2 prórrogas como máximo.
  4. Periodo de prueba de 2 meses, salvo convenio que indique otro periodo distinto.

Incentivos:

  1. Reducción de las cuotas empresariales del 100% para empresas con menos de 250 trabajadoras. Para empresas que cuenten con más de ese número de trabajadores, la reducción será del 75%.
  2. Reducción de las cuotas del trabajador del 100%
  3. Incentivos para la financiación de la formación, las cuales consisten en bonificaciones en cuotas empresariales por un número equivalentes a los porcentajes de la jornada laboral. En el caso de beneficiarios de garantía juvenil será del 50% el primer año y del 25% el segundo y tercer años de contrato.
  4. Bonificación adicional mensual, en conceptos de tutorización, de entre 60 y 80€ (variará en función de la plantilla que tenga la empresa: empresas con menos de 5 trabajadores – 80€ // empresas con más de 5 trabajadores – 60€).
  5. Incentivos por transformación del contrato a Indefinido: podrá solicitar un incentivo anual de 1.800€ en caso de mujeres y/o de 1.500€ en el caso de hombres.

Salario del trabajador

  1. No inferior al Salario Mínimo Interprofesional estipulado en cada momento. Este salario se reduce un 25% (tiempo dedicado a la formación) durante primer año y 15% los siguientes.

Otros requisitos:

  1. Es necesario solicitar por registro electrónico autorización previa al Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma, con al menos 1 mes de antelación de la formalización del contrato.

Beneficios para el trabajador:

Para el trabajador los principales beneficios que obtendrá es la inserción al mercado laboral, estará cubierto en todas las prestaciones, incluido el desempleo, y por supuesto la mejora curricular gracias a la formación teórico práctica en la empresa. Es decir, no solo hay beneficios de carácter monetario, sino que uno de los principales beneficios y el objetivo de este tipo de contratos es la formación como profesional del trabajador, es decir todo lo relacionado con los conocimientos adquiridos en el desempeño del trabajo, los conocimientos adquiridos en la formación y tutorización.

¿Cómo iniciar los trámites para los contratos formativos?

Antes hemos comentado que se debe pedir una autorización antes del inicio del contrato por la administración competente, que en este caso será el Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma dónde se vaya a realizar este. Si quieres iniciar los trámites puedes hacerlos desde este enlace: Una vez en la página pinchamos en “Nueva solicitud de autorización de inicio de la actividad formativa”. Rellenamos cada apartado del formulario de la forma más completa posible. Esto es debido a que una vez cumplimentada la solicitud y enviada no se podrá modificar la información. El solicitante debe tener un certificado de electrónico o eDNI. Antes de comenzar los trámites debes tener en cuenta estos aspectos:

  1. La actividad formativa debe llevarse a cabo en centros o empresas autorizadas, las cuales podrás encontrar aquí
  2. La actividad formativa debe estar relacionada con la actividad laboral desempeñada. Para saber si concuerda este aspecto puedes acceder a este apartado
  3. La persona que se vaya a incorporar con este tipo de contrato debe cumplir los diferentes requisitos que hemos definido anteriormente.
  4. Se debe adjuntar la planificación de la actividad formativa.

Si estás interesado en realizar un contrato en formación en tu empresa, no dudes en contactar con Gaboral y te ayudaremos en todo lo que necesites.

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